Si eres de los que adquiría gasóleo para calefacción a domicilio en Ávila debes saber que ya puedes reclamar el llamado 'céntimo sanitario'. Se trata de un impuesto que estuvo vigente desde el 1 de enero de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2012 y que agravaba las ventas minoristas de hidrocarburos  (gasolina, gasóleo, fuelóleo y queroseno). Fue aplicado en todas las comunidades autonómicas salvo en Canaria, Ceuta y Melilla, y la tasa a pagar variaba de unas regiones a otra. 

¿Quién puede solicitar la devolución? Según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que anula dicho impuesto, cualquier contribuyente que haya abonado ese tributo, incluido los particulares, aunque lo tendrán más difícil. A continuación te explicamos por qué. 

Para solicitar la devolución, lo primero que hay que hacer es acudir a la oficina gestora de la Agencia Tributaria. Si allí recibes una negativa como respuesta, tendrás que dirigirte a los tribunales económico-administrativos.   Pero uno no se puede presentar allí solo. De hecho, tienes que ir acompañado de los documentos que acrediten que pagaste el impuesto. Por ejemplo, una factura o el certificado de la empresa suministradora. En el caso de que seas un particular, deberás entregar los tickets de compra. 

Otra duda que se plantea en torno a este tema es si podremos reclamar la devolución desde 2002. La respuesta es clara, no. Solo se podrán solicitar las cantidades abonadas por la compra de gasóleo para calefacción a domicilio en Ávila desde 2010, porque el resto ya ha prescrito. 

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